Validación y Verificación Plan Antifraude Orden HFP/1030/2021
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y como parte de las políticas de Fondos Next Gen de la Unión Europea ha establecido, entre otros aspectos, la necesidad de que las organizaciones que vayan a participar en los Fondos de recuperación manifiesten su compromiso con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Los llamados Planes Antifraude.
Todas las entidades públicas y privadas implicadas en la ejecución del PRTR como perceptores de Fondos deben disponer de estos Planes. Esto implica también que tanto los Beneficiarios de las ayudas como los Adjudicatarios de un contrato o subcontratistas para le ejecución de Proyectos o Subproyectos o parte de ellos deberán contar con un Plan Antifraude.
Este proceso de validación o verificación se realiza siguiendo un proceso reglado basado en el estándar UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 sobre requisitos para los organismos de validación y verificación de tal forma que se pueda dar confianza a todas las partes interesadas del cumplimiento de las organizaciones con los requisitos de aplicación.